El derecho a la no discriminación es inherente al ser humano, así como el libre desarrollo de su personalidad como fundamento del orden político, y así se recoge en los artículos 10 y 14 de la Constitución Española.
Sin embargo, en la actualidad aún es necesario realizar esfuerzos para hacer visible y garantizar una igualdad efectiva y real de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI, encontrándose éstas en una situación especialmente vulnerable
Hoy día contamos con un total de 17 leyes autonómicas que tienen la finalidad lograr una igualdad efectiva y real y dejar de un lado la invisibilidad del colectivo LGTBI. Siendo el País Vasco fue pionero, Comunidades Autónomas como Andalucía, Valencia, Madrid y Aragón han promulgado leyes materia de derechos LGTBI y de atención a las personas transexuales.
A nivel nacional, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, también conocida como Ley Trans, establece nuevas obligaciones para todas las empresas. Concretamente, en relación a aquellas organizaciones con más de 50 personas trabajadoras establece que:
Artículo 15. Igualdad y no discriminación LGTBI en las empresas.
“1. Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras”.
Un plan de Diversidad Sexual va dirigido a fomentar la inclusión de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI, dando cumplimiento a toda normativa autonómica en vigor, así como a los diversos convenios colectivos que recogen estas actuaciones, y previniendo posibles situaciones de acoso por razón de identidad de género u orientación sexual.