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Este paso supone ampliar la protección que ahora tienen las víctimas y, además, convertiría a España en el segundo país del mundo que ratifica el convenio que se aprobó en la última asamblea de la OIT. El paso que da España es importante porque los convenios de la OIT entran en vigor cuando los ratifican, al menos, dos países miembros de la organización de la ONU. En este momento, hay otro país que ya ha dado los pasos necesarios para la convalidación del texto: Uruguay, por lo que España se convertiría en ese segundo país. La ampliación de la definición de lo que es acoso sexual en el trabajo se daría en una triple dirección. La primera línea sería que el delito ya no tendría por qué cometerse solo en el centro de trabajo, ya que también se considerará acoso cuando la situación se dé a través de mensajes, correos electrónicos o redes sociales. La segunda línea de ampliación de la protección se dará porque también se considerará que se puede producir acoso no solo entre superiores y personas subordinadas, sino entre trabajadores y trabajadoras con los mismos puestos y responsabilidades. Por último, la norma extenderá la posibilidad de que se dé acoso sea cual sea la relación laboral que mantenga la víctima con la empresa

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