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La Sentencia 143/2019, 10 Dic. Rec. 163/2019 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional condena a una empresa a negociar un nuevo plan de igualdad, que deberá contener un conjunto ordenado de medidas evaluables, dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres. La sentencia concluye que “el plan de igualdad fue impuesto unilateralmente por la empresa y, de esta manera, es nulo. El empresario carece de legitimación para elaborar estos planes por sí solo porque ha de ser un camino negociado para elaborar un diagnóstico de situación real de todos los centros de trabajo, competencia que corresponde a la Comisión negociadora del plan de igualdad compuesta por parte sindical y parte empresarial”.                                      

Enlace https://bit.ly/2WI298v

 




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